21 de agosto de 2011

21 de agosto - Día del Niño

Ningún Pibe Nace Chorro... No a la Baja de la Edad de Imputabilidad

Seguimos pidiendo más seguridad cuando sabemos que la polícia que debería garantizarnos esa seguridad es la que persigue a nuestros menores para que roben para ellos. ¿Dónde está Luciano Arruga?. 
Estamos siendo condenados internacionalmente por aplicar penas de prisión perpetua a menores de edad. Violando con esto todos los principios establecidos en la Declaración de los Derechos del Niño. Es el caso de Lucas Mendoza, César Mendoza, Claudio Núñez, Saúl Roldán Cajal y Ricardo Videla Fernández.
Cuando un menor comete un delito lo depositamos en un instituto de menores, donde padece los peores tormentos que se le pueden aplicar a un menor. No le garantizamos la salud, la educación y el amor que ese menor no pudo tener antes de caer en la delincuencia. No protegemos a nuestros menores, nos limitamos a encerrarlos en jaulas y cuantos más años mejor, porque son considerados "peligrosos" para la sociedad. No pensamos en que lo estamos condenando a una vida de mayor marginalidad. Lo privamos de tener una vida y un crecimiento digno. A ese menor, que ya estaba marginado, lo marginamos aún más, lo abandonamos. 
Nosotros como sociedad tenemos la culpa, no busquemos culpables en otro lado...empecemos a mirar dentro nuestro. ¿Qué hacemos para que ese menor no necesite delinquir? Y sino hacemos nada, ¿qué podemos hacer?. 
¿Por que seguimos depositando menores en jaulas y pidiendo más policía corrupta en nuestros barrios?
Este día del niño pensemos en todos aquellos niños que NUNCA pudieron festejarlo con sus familias, que nunca recibieron un abrazo, una palabra de afecto. No dejemos que sigan criminalizando a la pobreza y a nuestros menores. Ellos son el futuro, pensemos como mejorar su presente. 

LOS DERECHOS DEL NIÑO

Algunos principios que quizás nos estemos olvidando ultimamente.
Principio 2 
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a la que se atenderá será el interés superior del niño.

 
Principio 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberá proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y posnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados. 

Principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidaad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 9
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo que pueda perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.